Es el derecho y el deber del padre o la madre que no vive con sus hijos, así como niños, niñas, adolescentes y jóvenes, de poder mantener una relación periódica, regular y de calidad, con ambos progenitores, ojalá del modo más equilibrado posible. MATERIA MEDIABLE. con derecho a gratuidad por parte del estado, a partir de la entrada en vigencia de la mediacion previa y obligatoria contemplada en la ley 20286, del 15 de septiembre del 2008. |