El cuidado personal es el derecho y deber que tienen los padres de cuidar, criar y educar personalmente a los hijos e hijas. Reemplazó en la práctica a la tuición, y corresponde a la consecuencia lógica de reconocer explícitamente en la legislación, derechos de niños, niñas, adolescentes y jóvenes. Lleva, además, imlícito para quien tiene el cuidado personal, el deber de manejar la Patria potestad de los hijos. MATERIA MEDIABLE con derecho a gratuidad por parte del estado, a partir de la entrada en vigencia de la mediacion previa y obligatoria contemplada en la ley 20286, del 15 de septiembre del 2008. |