<P>Alimentos</P>
Alimentos
Derecho a que los familiares más cercanos provean...
<P>Derecho y deber de mantener una relación directa y regular con los hijos.</P>
Derecho y deber de mantener una relación directa y regular con los hijos.
<P>Cuidado personal.</P>
Cuidado personal.
<P>Patria Potestad.</P>
Patria Potestad.
<P>Autorización de salida de los niños y niñas del país.</P>
Autorización de salida de los niños y niñas del país.
<P>Guardas.</P>
Guardas.
<P>Separación judicial.</P>
Separación judicial.
<P>Divorcio.</P>
Divorcio.
<P>Declaración de Bien familiar.</P>
Declaración de Bien familiar.
<P>Otras cuestiones derivadas de las relaciones de familia.</P>
Otras cuestiones derivadas de las relaciones de familia.
<P>También son mediables:</P>
También son mediables:
<P>Divorcio.</P>
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Divorcio.

Toda solicitud de divorcio será tramitada ante los juzgados de Familia. El juez antes de dictar la sentencia de divorcio regulará lo relativo a las relaciones mutuas y respecto de los hijos e hijas si los hubiera, por ejemplo, derecho de alimentos, cuidado personal y contacto regular. Lo mismo en lo relativo a los bienes que existan en el matrimonio. MATERIA NO MEDIABLE PERO SÍ SUS CONSECUENCIAS

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